11.800 viviendas casi indultadas


   Más de 11.800 construcciones de la provincia de Granada situadas en zona no urbanizable se encuentran a las puertas de la legalización. Son aquellas que pertenecen a uno de los 33 municipios que ya han adaptado sus leyes urbanísticas y están preparados para cumplir con la posibilidad que ha abierto la Junta de Andalucía con el cambio de la ley de vivienda: indultar las construcciones en suelo no urbanizable.
   Hace un mes, el gobierno autonómico presentó estos cambios normativos pero no especificó cuántas construcciones se verían afectadas a corto plazo. Estas edificaciones irregulares se han ido levantando a lo largo de varios siglos y que ya forman parte del paisaje andaluz. Son asentamientos que se hicieron en la mayoría de los casos vinculados a tareas agrícolas y que ahora podrán adquirir carácter legal.


PASOS A SEGUIR:

Requisitos para regularizar una edificación:
1.- La construcción tuvo que finalizarse antes de febrero de 2008 en suelo no urbanizable.
2.- La edificación no puede encontrarse en suelo protegido o en una zona inundable.
3.- El asentamiento no puede estar inmerso en un proceso judicial o ser susceptible de estarlo.
Condiciones para poner en orden una construcción:
1.- El Ayuntamiento al que pertenezca la construcción debe adaptar sus leyes para poder ejecutar la regularización. Quienes no lo hayan hecho todavía tienen aproximadamente dos años y medio para ello.
2.- El propietario del cortijo, vivienda o caseta de herramientas tiene que dirigirse a su consistorio para solicitar la documentación requerida y pagar las tasas correspondientes para regularizar su edificación.

3.- El propietario se pondrá en contacto con profesionales competentes para la realización del informe tecnico-juridico para tal fin.
4.-El Ayuntamiento tiene dos meses para legalizar la edificación, si se comprueba que cumple con los requisitos necesarios.

¿Qué beneficios tiene realizar la regularización?
1.- Permite a las construcciones acceder a los servicios básicos (luz, agua, telefonía…).
2.- Pasan a estar dentro del catastro y del registro del ayuntamiento respectivo.
3.- Los propietarios tienen la opción de traspasar la construcción si así lo desean.

¿Qué problemas puede suponer realizar la regularización?
1.- El Ayuntamiento puede obligar a adaptar la edificación al impacto paisajístico o ambiental que pudieran haberse producido.
2.- No se podrán realizar obras de ampliación de los inmuebles posteriormente.
3.- El propietario deberá pagar los impuestos establecidos por los consistorios para esa edificación.


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FUENTE: idealdigital.com
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